Prevención de Riesgos Laborales

Ley 31/1995 de 8 de noviembre

La Prevención de Riesgos Laborales es el conjunto de actuaciones que se integran en la política de una empresa con la finalidad de evitar o disminuir riesgos para la salud derivados del trabajo, incrementando la seguridad y salud laboral. Su objetivo es conseguir el mayor control posible de los riesgos que se generen en la empresa, entendiendo por riesgo aquello que pueda ocasionar pérdidas humanas o materiales.

En función de las características de la empresa, del tipo de actividad y del número de trabajadores, el empresario asumirá y organizará los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas. SONOR le asesora en el cumplimiento de la normativa de Prevención de Riesgos Laborales, en la modalidad de Asunción del servicio de prevención por parte del empresario.

 

 

Los requisitos para acogerse a la modalidad son:

  • Empresa de hasta 10 trabajadores con uno o varios centros de trabajo y pudiendo llegar a 25 trabajadores cuando la empresa disponga de un único centro de trabajo.
  • Que las actividades de la empresa no estén incluidas en el Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención.
  • El empresario desarrolla de forma habitual su actividad en el centro de trabajo.
  • El empresario tiene la capacidad correspondiente a las funciones preventivas que va a desarrollar y ha realizado un curso de formación de nivel básico en prevención de riesgos
  • El empresario dispone del servicio de Vigilancia de la Salud conforme al art. 22.1.

Si eres Autónomo y tienes trabajadores a tu cargo, debes cumplir con la ley PRL. Si eres Autónomo sin trabajadores a tu cargo, pero te ves afectado por la normativa sobre Coordinación de Actividades empresariales, también.

Si tienes dudas sobre la necesidad o beneficios de implantar un plan de igualdad, contacta con nosotros.